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Conduciendo Bajo la Influencia DUI

Código de Vehículos Secciones 23152(a), (b) y 23153(a), (b)

Este cargo del Codigo Vehicular (VC 23152(a), (b)) puede ser considerada un delito menor o una felonía.  El cargo seria una felonía si la victima sufriera heridas severas o si el conductor ha sido convicto de tres delitos menores y el cuarto cargo ocurre dentro de 10 años de su última convicción. 

Una persona puede ser acusada de conducir bajo la influencia si se presenta un nivel de alcohol en la sangre de .08 o si se presentan efectos al conducir a cualquier nivel de alcohol.  Una acusación de DUI también incluye cuando el conductor ha ingerido una sustancia que altera la mente, afecta los sentidos o medica con prescripciones. 

Defensas contra Conduciendo Bajo la Influencia

Una parada indebida (inapropiada) – cuando un oficial de policía no tiene una buena razón para parar al conductor.  No había causa probable.  La prueba de aliento puede ser afectada si la persona eructo, regurgito, o vomito antes de hacer la prueba. También se revisa si hay una irregularidad con el procedimiento de contacto con la muestra de sangre.

El  cliente puede elegir entre una prueba de sangre, aliento o hacer las dos.  

Si el conductor se  niega a someterse a una prueba de sangre o aliento puede ser que automáticamente le suspendan la licencia de manejar y hasta provoque que  la situación sea más difícil.  Lo que si puede negarse el conductor es la prueba preliminar de alcohol (Preliminary Alcohol Screening).  El PAS se hace con un aparato que mide el nivel de alcohol cuando la persona exhala en el.  El examen es administrado antes de arrestar a la persona y el oficial debe leer una advertencia al conductor antes de  administrar el examen.  Siempre deberían de preguntar si el procedimiento seria el examen químico oficial o el examen preliminar.  

En el Condado de Orange un primer DUI no significa una pena de cárcel siempre y cuando no hubiera daños corporales causados por el accidente.  

En un segundo DUI que haya ocurrido en  10 años de una última convicción requiere un mínimo de 96 horas de cárcel, en el  Condado de Orange la mayoría de jueces requieren 30-90 días de cárcel por un segundo cargo.  

Cuando es un tercer DUI que ha ocurriendo en 10 años  dos convicciones anteriores tiene una pena mínima de 120 días de cárcel, la  mayoría de las personas terminan haciendo de  6 a 9 meses de cárcel.

Cuando se trata de un cuarto DUI que ocurre en 10 años de tres convicciones anteriores la pena es un mínimo de 180 días  de cárcel mientras que la mayoría de gente hace un año de cárcel o 16 meses de prisión.

Conducir Bajo la Influencia del Alcohol y el Departamento de Vehículos y Motores

Cada caso de conducir bajo la influencia tiene un componente del DMV que incluye una audiencia separada con el departamento.  

Es posible ganar el caso en corte pero puede perder la audiencia con el DMV o viceversa.  Es importante que el abogado que represente al cliente en su caso de DUI también tenga experiencia con las audiencias del DMV. 

Conducir Bajo la Influencia del Alcohol y el Departamento de Vehículos y Motores

Cada caso de conducir bajo la influencia tiene un componente del DMV que incluye una audiencia separada con el departamento.  Es posible ganar el caso en corte pero perder la audiencia con el DMV o viceversa.  Es importante que el abogado que represente al cliente en su caso de DUI también tenga experiencia con las audiencias del DMV.  Es importante saber que solo permiten 10 días después del incidente para notificar al DMV y asegurar una fecha para la audiencia.  No hay excepciones.  El abogado Bruzzo se encargaría de llamar al DMV para programar la cita y usted no tendría que asistir a la audiencia.  El Sr. Bruzzo ha “argumentado” exitosamente muchas audiencias del DMV. 

  • La Oficina de Vehículos y Motores tiene que comprobar tres factores antes de suspender una licencia de conducir:
  •  Que el oficial tuvo suficiente razón para creer que el conductor estaba  violando  la Seccion del Codigo Vehicular 23152 A o B (bajo la sección 23152 el oficial tiene que reportar haber visto al conductor manejando sobre la velocidad máxima permitida por la ciudad,  manejando erráticamente o cualquier otra violación de conducir para justificar haber parado al conductor.)
  • Que fue legalmente detenido
  • Que estuviese manejando con un nivel de alcohol de 0.08 o más.

Aunque parezca fácil para el departamento comprobar estos elementos el DMV tiene ciertas vulnerabilidades.  Primero, generalmente no hay testimonios durante las audiencias de DMV y por lo tanto el proceso es basado a lo que esta escrito en el reporte de policía.  Así, si el informe omite algunos hechos críticos a continuación, no hay nadie a declarar en la audiencia del DMV para corregirlos. Un abogado con experiencia como el señor Bruzzo pueden aprovechar estas vulnerabilidades, en un esfuerzo por ayudar al cliente a mantener su privilegio de conducir.

Si se pierde la audiencia del DMV se puede ocurrir a:

Primer DUI: 4 meses de suspensión de su licencia.  O una suspensión de un mes  y 4 meses de restricción (conducir limitadamente) si el cliente presenta al DMV (1) prueba de inscripción en una escuela de alcohol para los primeros ofensores; (2) un formulario SR -22 de seguro y (3) una multa de $125,00 después de que el período de 30 días de suspensión se ha terminado.

Segundo DUI:  1 año de suspensión de licencia. Siempre y cuando el cliente este inscrito en la escuela de alcohol de 18 meses, pueden volver al menos una parte de su privilegio de conducir después de la suspensión de 1 año transcurrido, incluso si no han completado su escuela de alcohol.

Tercer y Cuarto  de DUI: revocación de la licencia durante 3-5 años. La revocación requiere que cuando el período de revocación haya terminado el cliente debe aplicar para obtener su privilegio de conducir de nuevo. Llame a las oficinas del Abogado William W. Bruzzo (714) 547-4636.

Please contact Mr. Bruzzo on any criminal matter at (714) 547-4636.

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A.R.

“I was arrested and charged with Penal Code Section 273.5(a) [Domestic Violence with Traumatic Injury]. Unfortunately, some of my actions were caught on video. In addition, an infant was present during the incident. My family hired Attorney Will Bruzzo to...

E.C.

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P.D.

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